¿Te imaginas que tras años de convivencia con tu pareja y haber compartido una vida juntos, te nieguen la pensión de viudedad? Aunque parezca sorprendente, este tipo de situaciones ocurren más a menudo de lo que se cree.
La causa principal de este tipo de rechazos es la misma: la falta de registro oficial como pareja de hecho. Es en este punto donde todo se complica. Por eso es clave saber cuáles son los requisitos para que las parejas no casadas puedan acceder a la pensión de viudedad:
- Demostrar una convivencia continua de al menos 5 años: Para poder acceder a este derecho, es necesario acreditar que se ha vivido juntos de manera estable durante un mínimo de cinco años. El certificado de empadronamiento es una de las formas más efectivas para demostrarlo, ya que prueba una convivencia de manera oficial.
- Inscripción como pareja de hecho: Además de la convivencia, es fundamental estar registrado como pareja de hecho. Para ello, hay que inscribirse en el registro correspondiente de la comunidad autónoma o en el registro del municipio donde se reside. También se puede formalizar ante un notario. Este registro debe haberse realizado al menos dos años antes del fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.
Cuando estos requisitos se cumplen, la pensión de viudedad será la misma que la de cualquier matrimonio. Eso sí, hay una condición adicional: la persona fallecida debe haber cotizado al menos 500 días en los cinco años previos a su muerte, o haberlo hecho durante al menos 15 años a lo largo de su vida laboral. Si la muerte es consecuencia de un accidente o una enfermedad profesional, no se exige un tiempo mínimo de cotización.
¿Y si llevo menos de dos años registrado como pareja de hecho? Si la inscripción como pareja de hecho tiene menos de dos años, la persona sobreviviente tendrá derecho a una prestación similar a la pensión de viudedad, pero esta será limitada a un máximo de dos años.
¿La pensión de viudedad es vitalicia? No, esta pensión no es para toda la vida. Si la persona beneficiaria se casa nuevamente o constituye otra pareja de hecho, pierde el derecho a la pensión. No obstante, si la persona beneficiaria tiene más de 61 años o una discapacidad superior al 65%, o si la pensión de viudedad es su principal fuente de ingresos y la de su nueva pareja no supera ciertos límites, podría seguir percibiéndola.
¿Por qué es fundamental el asesoramiento de un abogado de Familia? Aunque la ley establece requisitos claros, la realidad es que cada caso tiene sus particularidades, y muchas veces lo que parece sencillo se convierte en un proceso complejo.
En estos casos, contar con un abogado especializado en Derecho de Familia resulta imprescindible. Un profesional con experiencia puede ayudarte a cumplir los requisitos formales, aclarar cuestiones complejas sobre el registro de pareja de hecho o incluso resolver dudas relacionadas con matrimonios celebrados ante entidades no civiles. Además, es clave en la interpretación de registros administrativos que pueden llevar a diferentes resoluciones judiciales.